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La mujer como autoridad electoral en la democracia mexicana

La conquista de espacios de toma de decisión en el ámbito de la representación y participación políticas señalan los desafíos que la equidad de género ha tenido que superar a lo largo de la historia y los que restan por alcanzar. 

Por Angélica Yedit Prado Rebolledo* y Alejandra Chávez Ramírez**

 

La participación de la mujer a través de la historia nos ha dado muestras claras de la inquietud e interés de participar en la toma de decisiones para nuestras entidades federativas, así como de nuestro país. Los antecedentes más claros los encontramos en la primera revista feminista creada en el estado de Zacatecas en el año 1826, en el periodo comprendido entre el año 1884 y 1887. La revista de corte feminista, dirigida exclusivamente para ellas, manifiesta la propuesta de reclamar el derecho al sufragio, además de reclamar la igualdad de oportunidades entre los hombres y mujeres. En el año 1886 se otorga a la primera mujer el derecho a titularse de una carrera a la cual no asistió, pues sus estudios se vieron avalados por un cirujano dentista, convirtiéndola en la primera titulación de una profesión independiente en América Latina.

Advertimos las exigencias de las mujeres para lograr una igualdad política. Ya en el año de 1910, existieron algunas asociaciones feministas, entre ellas un club femenil antirreeleccionista “Las hijas de Cuauhtémoc”, que denuncian un fraude electoral y demandan la participación política de las mujeres mexicanas exhortando al político Emilio Vázquez Gómez les concediera el derecho al voto.

El primer congreso feminista se organiza el 13 de enero de 1916, en él demandaron que se otorgara el derecho al voto ciudadano a las mujeres, logrando que en tres entidades (Chiapas, Yucatán y Tabasco) se apoderaran de la igualdad jurídica de las mujeres para votar y ser votadas en la elección de cargos públicos. En la promulgación de la Constitución de 1917, aunque no se negó la ciudadanía a las mujeres, tampoco se señaló de manera expresa el derecho de votar y ser votadas. Fue hasta el año 1922 cuando en el gobierno de Felipe Carrillo Puerto (gobernador de Yucatán), las mujeres lograron obtener algunos avances en su lucha y se les reconoció el derecho de participar en las elecciones municipales y estatales.

La igualdad civil para que la mujer pueda ser elegible en cargos administrativos y la igualdad política y la representación parlamentaria por parte de agrupaciones sociales, fueron las exigencias en el Primer Congreso Nacional Feminista, desarrollado en el año 1923. Entre sus resultados se encuentra el que las mujeres que supieran leer y escribir pudieran tomar parte en procesos electorales municipales y estatales, esto en el estado de San Luis Potosí, de igual forma en el estado de Yucatán logra una mujer ser la primera diputada electa en el congreso local.

Las primeras participaciones de las mujeres en elecciones de manera interna se dan con el Partido Nacional Revolucionario (PNR). En ese mismo año, 1935, un grupo de 800 agrupaciones feministas de distintas ideologías logran unificarse para luchar por el derecho al voto y poder participar en las elecciones.

Los triunfos se van conquistando poco a poco, para el año 1947 en el artículo 115 de la Constitución, relativo a los municipios, se obtuvo el derecho al voto en los procesos electorales municipales a nivel nacional.

Con la reforma del artículo 34 de la Constitución Federal se logró la igualdad de derechos de la mujer frente al hombre, el derecho para participar en las elecciones para votar y ser votadas marcó su integración como ciudadanas y fue precisamente con el decreto de fecha 17 de octubre de 1953.

Fue un hecho significativo en el ámbito democrático, pues a pesar de haber tenido una pequeña participación en las elecciones, poco a poco se van conquistando espacios para alcanzar la equidad de género en la vida política. El reconocimiento a la mujer en el ámbito federal y el sufragio dio muestras claras de progreso en la igualdad de nuestra máxima norma, aunque se vieron grandes obstáculos y desequilibrios que ponían a las féminas en desventaja frente a los hombres cuando mostraban interés en participar en la política.

Después de varias décadas, para el año 1993, el Código Federal de Procedimientos Electorales (COFIPE), instaba a los partidos políticos a “promover una mayor participación de las mujeres en la vida política del país”, un acto de buena voluntad entre poderosos políticos y que con el tiempo se fueron dando acciones afirmativas para perseguir la equidad.

En la actualidad no solo se lucha por lograr espacios políticos de elección popular, sino que existen posiciones trascendentales en la democracia, como es el caso de la integración de los órganos jurisdiccionales tanto a nivel federal como local. Poco a poco las mujeres hemos ido obteniendo espacios en el ámbito político, social, académico, cultural y científico, sin olvidar por supuesto el que en este momento nos atañe, el relacionado con la impartición de justicia en materia electoral. Si bien es cierto que fue hasta 1959 cuando una mujer logró ocupar una posición en la más alta magistratura a nivel nacional, ser ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dando una luz de esperanza para que en los años siguientes se pudiera replicar ese nombramiento y que más mujeres pudieran estar en esos cargos tan importantes de la impartición de justicia.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es la máxima autoridad especializada en resolver las controversias en materia electoral, protegiendo los derechos político electorales de la ciudadanía impartiendo justicia. La Sala Superior está integrada por siete magistrados, de los cuales cinco son hombres y solo dos mujeres. En las salas regionales está en similares circunstancias su integración. Al ser de 6 salas regionales (incluida la sala especializada), son 18 integrantes, quedando porcentajes desequilibrados y por consiguiente la equidad de género no está reflejada en estos momentos.

Como se aprecia en las gráficas anteriores, la integración de las salas regionales tienen un porcentaje del 33 % de mujeres y el 66 % de hombres, mientras que en la Sala Superior, el porcentaje es del 71.4 % para los caballeros, las damas tienen 28.5% puntos porcentuales, dando un claro ejemplo que aún se debe trabajar para lograr una verdadera equidad de género en la integración de las autoridades electorales a nivel federal. Pero si bien hemos hablado en éste ámbito de competencia, veamos las gráficas de las entidades federativas de nuestro país cómo se integran en estos momentos.

Las autoridades legislativas están más atentas en la integración de las autoridades electorales locales, ya que a través de la reforma política que otorga una mayor participación de la mujer en estos organismos autónomos de justicia, fortalecen la integración de manera obligatoria con paridad de género. 

Las autoridades están supeditadas a proteger que los cargos de elección popular y las contiendas para los mismos se observe y acate la paridad de género.

Lograr una verdadera paridad de género ha costado grandes luchas femeninas, los tribunales electorales locales ya están en esa tesitura, ahora lo que consideramos se debe trabajar es lograr un verdadero equilibrio en cada uno de ellos, pues encontramos entidades como Chihuahua en donde son cuatro hombres y tan solo una mujer los integrantes; en otro estado como Sinaloa existen cuatro mujeres y un solo hombre; o en Morelos son tres mujeres quienes integran este órgano jurisdiccional. 

El logro obtenido para seguir progresando en la participación armónica y equilibrada de las mujeres y hombres en los cargos de poder y de toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida es un verdadero indicador de la calidad democrática del país; fortaleciendo con ello la democracia participativa e incluyente; las reglas y ordenamientos jurídicos están plasmados, ahora estamos con la tarea de quienes tienen un cargo o posición muestren su valía y capacidad para la mejor toma de decisiones. 

 

*Dra. Angélica Yedit Prado Rebolledo. Doctora en derecho por el Instituto Internacional del Derecho y del Estado, profesora investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad de Colima. 

**Dra. Alejandra Chávez Ramírez. Doctora en Ciencias Políticas y Sociales; profesora investigadora de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad de Colima; profesora en la Maestría en Ciencia Política y Administración Pública.