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Ley electoral de Cuba: nueva legislación, viejas prácticas

La aprobación de la nueva Constitución de la República cubana en febrero de 2019 devino en la formulación de nuevas leyes, se prevé la conformación de unas 70 legislaciones. Como parte de este proceso, en su disposición transitoria primera dispone que la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) debe aprobar una nueva Ley Electoral, máximo seis meses después de haber entrado en vigencia la Carta Magna. El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la ANPP, José Luis Toledo Santander, presentó el 19 de junio el proyecto de norma jurídica ante los diputados cubanos. Con fuertes basamentos en la ley vigente, la Ley N°72, el nuevo documento cuenta con 290 artículos que se ajustan a las demandas de la nueva Constitución.

Entre sus novedades, se destaca la modificación del número de miembros del parlamento de 605 a 474 diputados, que responderían a un diputado cada treinta mil habitantes de un municipio o fracción mayor de quince mil y dos diputados para municipios con mas de 45 mil habitantes. Aunque se reduce en 131 el total de legisladores a elegir (22%), se respeta el principio de que hasta el 50% de ellos sean delegados de las asambleas municipales. También hay una variación del número de miembros del Consejo de Estado, que estará conformado por 21 miembros en correspondencia a las funciones que desarrollaran, como el control y la fiscalización, lo que significa que perderá casi una tercera parte de sus miembros. Ambos órganos ostentarán el poder legislativo, mientras que el poder ejecutivo recaerá en la figura del primer ministro, y el presidente será el representante del Estado.

Entre los cambios propuestos, se van a reconocer dos elecciones periódicas: municipales, para los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular, su presidente y vicepresidente, y nacionales, para las elecciones de diputados y los cargos para los sócalos superiores del Estado. El documento establece que la elección de los gobernadores y vicegobernadores provinciales se realice simultáneamente en todo el país y pauta el procedimiento para llevarlas a cabo. El presidente y vicepresidente de la República serán elegidos entre los diputados de la Asamblea Nacional y a propuesta de estos para un mandato de cinco años y un máximo de dos períodos. El cargo de primer ministro será nombrado por el presidente y tendrá que ser ratificado por la Asamblea, que mantendrá su composición hasta el final de esta legislatura, en 2024.

Otra diferenciación entre la Ley actual y el nuevo proyecto es que se introduce el Consejo Electoral Nacional (CEN) como órgano permanente. Además, se propone la creación permanente de los Consejos Electorales a nivel provincial y municipal, en composición colegiada y con subordinación vertical, con una estructura acorde a sus funciones, entre las cuales se encuentra el control de la confección y actualización del Registro Electoral. Por otra parte, se busca simplificar el proceso de validación de elección. La propuesta es que se realice ante las autoridades electorales previo al inicio de la sesión constitutiva y que posteriormente se informe a la asamblea.

El proyecto del Ley Electoral indica la participación del Consejo Electoral Municipal en los procesos que se desarrollen de revocación del mandato de alguno de sus delegados, lo cual implica modificaciones en la Ley No.89/99, “De Revocación del Mandato de los Elegidos a los Órganos del Poder Popular”. A su vez, establece que los delitos electorales se mantienen en la Ley hasta que se promulgue el nuevo Código Penal, incrementan los marcos sancionadores.

Por último, al acto de constitución de la ANPP se añade que el presidente de la República tome posesión de su cargo y actúe conforme a lo que se disponga por el parlamento.

El diputado José Luis Toledo Santander, además de enumerar y explicar los nuevos cambios propuestos por el proyecto de Ley, enfatizó que el mismo se basta en el principio de que el voto es libre, igualitario, directo y secreto; otorga el derecho constitucional que cada ciudadano tiene de elegir y ser elegido, estar inscripto en el Registro Electoral; nominar y ser nominado como candidato a delegado a la Asamblea Municipal del Poder Popular; así como participar en los procesos electorales y hacer las reclamaciones que legalmente procedan. Por otro lado, Esteban Lazo Hernández, presidente de la ANPP, resaltó que el proyecto preserva “un principio básico: en Cuba quien nomina y elige es el pueblo”, además salvaguarda la representatividad territorial y por sectores, “cuya importancia es extraordinaria”.

Todos estos cambios serán sometidos a análisis por los diputados hasta el 25 de junio en cada una de las provincias y se someterá a voto en el mes de julio. En caso de ser aprobado el proyecto, en octubre ya se empezarían a poner en práctica los cambios estructurales. Sin embargo, no habrá cambios en los diputados, aquellos funcionarios que fueron elegidos por 5 años y todavía no han finalizado su mandato quedarán en su cargo hasta que concluya el miso, los cambios se pondrán en funcionamiento a partir de la legislatura siguiente.

Después de 43 años, Cuba tendrá la posibilidad de contar con un presidente de la República y un primer ministro. Este país cambió su estructura de gobierno en 1976, al aprobar su primera Constitución socialista, adoptando el denominado Poder Popular, con lo que desaparecieron los cargos de presidente de la República y de primer ministro. La Asamblea pasó a ser el principal órgano de gobierno y legislativo del país que se reúne dos veces al año, el resto del tiempo el Consejo de Estado asume sus competencias. Fidel Castro ocupó el cargo de presidente del Consejo de Estado desde su creación hasta 2008, sustituido hasta 2018 por su hermano Raúl, quien luego le pasó el mando a Díaz-Canel.

Desde principios de 2018 hasta hoy, Cuba realizó una serie de cambios significativos para un Estado socialista y un régimen cerrado como es el castrista, tanto en áreas políticas como sociales. Entre ellos se encuentra la elección de un nuevo presidente del Consejo de Estado y ministro de la República, Miguel Díaz-Canel, después de 42 años de un único líder; aprobó una nueva Constitución Nacional; habilitó el uso de Internet en hogares y dispositivos inteligentes particulares; y autorizó la primera manifestación organizada por un grupo independiente. Sin embargo, la sociedad cubana sigue decepcionada y se siente engañada. Todos estos pasos no fueron más que una fachada, ninguno de ellos representó un cambio significativo y una apertura permanente. Si bien la nueva Constitución establece una serie de reformas legislativas que suponen una mejora en el ámbito político y de representación, todavía es muy pronto para saber si efectivamente será favorable para la población de la isla o si, nuevamente, nos encontramos con una ilusión del gobierno.