Nuevamente la lupa es puesta sobre las prácticas autoritarias del régimen cubano: el pasado 17 de marzo, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) emitió un comunicado de prensa (R55/20), denunciando la forma en como dentro del país caribeño se trata a periodistas, activistas, opositores al gobierno, o simplemente cualquier persona que se atreva a presentar críticas u opiniones disidentes acerca de cualquier política adoptada.
Dentro de las practicas señaladas por el organismo internacional como de hostigamiento y criminalización, se encuentran las amenazas, la apertura de procesos judiciales, pasando por la prohibición de salir del país y llegando hasta las detenciones arbitrarias bajo justificativos de los más variopintos.
Una de aquellas víctimas de estos constantes atentados contra la libertad de expresión es el periodista del portal Cubanet, Roberto Jesús Quiñones Haces, quien fue sentenciado a un año de prisión por “resistencia y desobediencia”, debido a que quiso cubrir un proceso judicial de interés público. El mismo se encuentra actualmente en la prisión de Guantánamo desde el 11 de septiembre de 2019 y a partir de ese día su salud se ha comenzado a deteriorar debido a las malas condiciones habitacionales en las que se encuentra el recinto. La última actualización de Cubanet sobre su caso, cuenta de forma detallada la difícil vida y las peripecias que Quiñones y los demás reclusos deben atravesar, tratándose de cuestiones tan elementales como el alimento.
Otro caso de muestra en el comunicado es el del artista y activista Luís Manuel Otero Alcántara, detenido el domingo 1 de marzo, cuando se dirigía a una manifestación frente al Instituto Cubano de Radio y Televisión contra la censura deliberada de la escena de un beso gay en una película transmitida por la Televisión Cubana. Además, la carátula bajo la que se lo procesó fue “ultraje a los símbolos patrios y daño a la propiedad”, por una performance que realizó siendo fotografiado en distintas situaciones con la bandera nacional. Es importante destacar que Otero ya había sido detenido 21 veces antes debido a otras protestas en las que participó, amén de otra gran cantidad de hostigamientos recibidos. Fue liberado el sábado 14 de marzo, sin saber de su situación procesal.
A este respecto, ya había ruidos de queja y preocupación desde la sanción del decreto 349/018 por el nuevo gobierno de Diaz Canel (que paradójicamente resultó no tener nada de nuevo), publicado el 10 de julio de 2018 y cuya vigencia comenzó el 7 de diciembre de ese año, que establece la prohibición del desarrollo de actividades artísticas en espacios públicos sin la
aprobación del Ministerio de Cultura. A su vez, establece sanciones entre las que se encuentra la confiscación del material artístico y la imposición de multas elevadas, siendo solo apelables ante el mismo Ministerio, pero sin un recurso efectivo para impugnarlas ante un organismo independiente ni ante un tribunal (véase éste artículo de Amnesty International sobre el tema).
Lo interesante aquí es que el mismo decreto podría ser reputado de inconstitucional contrastándose con el artículo 54 de su misma Constitución: “Los derechos de reunión, manifestación y asociación son ejercidos por los trabajadores, manuales e intelectuales, los campesinos, las mujeres, los estudiantes y demás sectores del pueblo trabajador, para lo cual disponen de los medios necesarios a tales fines.
Las organizaciones de masas y sociales disponen de todas las facilidades para el desenvolvimiento de dichas actividades en las que sus miembros gozan de la más amplia libertad de palabra y opinión, basadas en el derecho irrestricto a la iniciativa y a la crítica.”
En cuanto a los opositores políticos mencionados, el mismo líder de la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU, la mayor agrupación opositora en la isla), José Daniel Ferrer García, continúa privado de su libertad luego de ser detenido en una nueva oportunidad el 1 de octubre de 2019 junto con otros activistas políticos. La cadena Deutsche Welle publicó un artículo la semana pasada informando del inicio al juicio contra Ferrer García y otros 3 opositores (a quienes se acusa de golpear y secuestrar a un ciudadano), que se desarrolla en el Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba a puertas cerradas (permitiendo sólo la entrada de familiares) y, según Ernesto Oliva de UNPACU, “sitiado” por agentes gubernamentales. Si bien en un principio el dirigente opositor y sus compañeros enfrentaban una posible condena de alrededor de 8 años de prisión, el viernes 3 de abril de 2020 (luego de dos semanas de retraso en la entrega de la sentencia) se supo la noticia de que fueron excarcelados, quedando condenados a 4 años de prisión domiciliaria, según informó el portal local 14yMedio.
Dos personas más son mencionadas en este comunicado: los periodistas independientes Rolando Rodríguez Lobaina y Luz Escobar. El primero fue detenido el 29 de enero en el aeropuerto internacional José Martí, cuando iba a viajar a un evento en Estados Unidos sobre derechos humanos; y la segunda fue citada por el Ministerio del Interior el 26 de febrero, donde se la acusó de usurpar la capacidad legal de ser periodista y se amenazó a su familia.
Ambos periodistas tienen algo en común: la prohibición de salir del país, teniendo el estatus de “regulado”. Esta situación es un drama que afecta a más de 220 cubanos producto -al igual que todo lo relatado más arriba- de la arbitrariedad gubernamental. Aquí hay un artículo de DemoAmlat que explica claramente y al detalle esta cuestión.
La CIDH a lo largo de todo el comunicado expone como todas las veces que le pidió una respuesta al gobierno cubano (ya sea sola o en conjunto con la ONU), éste respondió de forma limitada: defendiendo sus acusaciones de carácter antojadizo hacia las personas mencionadas o no dando ninguna respuesta. A su vez recuerda que “la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, suscrito por Cuba el 28 de febrero de 2008, protegen la labor periodística, artística y la defensa de los derechos humanos”.
Sin dejar de lado que las declaraciones no revisten mayor efecto o utilidad si no son respaldadas por acciones concretas, al igual que un organismo internacional no reviste mayor capacidad que la otorgada por la configuración de poderes reales que lo sustentan, en tiempos donde siguen habiendo intelectuales, formadores de opinión y mismos cuadros políticos defendiendo desde la comodidad el régimen cubano a capa y espada, y donde el mismo régimen envía médicos por el mundo para ayudar a lidiar con la actual pandemia con el objetivo de limpiar su imagen con una pátina de altruismo y benevolencia (pero sin mencionar que se encuentran en situación de semi-esclavitud), sigue siendo de gran valor la labor de la Relatoría Especial y de la CIDH, al darle una voz en el mundo a todas estas personas que sufren atropellos a sus derechos en su búsqueda y en su lucha en pos de hacer de Cuba verdaderamente una “tierra libre”.