Este jueves 21 de abril DemoAmlat presentó el informe del mes de marzo del Observatorio Legislativo de Cuba que aborda el análisis del anteproyecto de “Ley de Amparo de los Derechos Constitucionales”. Una ley que pretende otorgar a la ciudadanía el derecho a reclamar ante los tribunales la restitución de los derechos y obtener, de conformidad con la ley, la correspondiente reparación o indemnización.
El evento contó con la participación de Johanna Cilano: Investigadora posdoctoral de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) Escuela Nacional de Estudios Superiores Unidad León (ENES-León), Co directora GOBIERNO Y ANÁLISIS POLÍTICO AC, Coordinadora de contenidos de DemoAmlat; y Alain Espinosa – Licenciado en Derecho, abogado de Cubalex, defensor de Derechos Humanos.
Para comenzar, Johanna Cilano resaltó que el principal objeto de análisis de este último informe fue el anteproyecto de “Ley de Amparo de Derechos Constitucionales” ya que se trata de una de las normativas más esperadas por la sociedad civil. Señaló que el anteproyecto “repite la ambigüedad y limitación en la exigibilidad de derechos y la redacción de la norma, ofrece una excesiva discrecionalidad a unos tribunales pocos acostumbrados a la autonomía y a juzgar con amplitud de criterios”.
El informe también recorre temas relacionados con la Ley de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional, al respecto mencionó que “esta ley desde su exposición de motivos está signada por estar financiada por un proyecto de cooperación internacional y eso llevó a una publicidad y una serie de espacios durante el proceso legislativo poco comunes”.
Por su parte Alain Espinosa afirmó que “cualquier legislación tiene que ser analizada dentro del contexto social en el que ocurre y el contexto social cubano es un contexto social muy desfavorable para las personas y la defensa de los derechos humanos”. También se refirió al retraso que han sufrido en los últimos años el tratamiento de ciertas leyes vinculadas con la defensa de los derechos humanos.
También llamó la atención sobre este anteproyecto en cuanto “establece que únicamente se puede vulnerar o alterar la prelación cuando existe una trascendencia jurídico – social de esta vulneración, pero no se define que consideran o como se apreciaría esa trascendencia. Con lo cual dan la posibilidad una vez más de que el análisis de la misma sea totalmente discrecional”.
Este y otros informes del Observatorio Legislativo de Cuba de DemoAmlat se encuentran disponibles para su descarga en nuestro sitio web.