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INFORME DEL OBSERVATORIO LEGISLATIVO DE CUBA – MARZO 2022

En marzo se presentó ante la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) el anteproyecto de “Ley de Amparo de los Derechos Constitucionales”. La presentación de esta norma fue postergada en varias ocasiones. Estaba originalmente prevista para septiembre de 2020, se postergó hasta diciembre de 2021, y es presentada finalmente el 13 de marzo de 2022, para su posible aprobación en la sesión de abril de 2022 de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP).

La disposición debe dar cumplimiento al art. 99 de la Constitución de 2019: La ciudadanía “tiene derecho a reclamar ante los tribunales la restitución de los derechos y obtener, de conformidad con la ley, la correspondiente reparación o indemnización”.

Sin embargo, el anteproyecto presentado cuenta con una redacción ambigua. La ausencia de una definición expresa de qué derechos podrán reclamarse ofrecen un margen demasiado amplio a la imposibilidad de empleo de este proceso de amparo “para discutir violaciones de derechos constitucionales que se resuelvan mediante otros procesos judiciales”.

Esta norma, aun con su limitación y ambigüedad, representa un reto para el Estado cubano. Operará en un marco constitucional de mayor enunciación de derechos y con altas expectativas en la sociedad civil independiente, que constantemente sufre la violación de sus derechos.

Sobre el anteproyecto de la ley preocupa un elemento procesal central: la carga de la prueba. Quien fuere damnificado debe demostrar ante los tribunales el daño o perjuicio sufrido, aquí se presentan dificultades y limitaciones: 1) Generalmente, los activistas son privados de sus equipos celulares, los cuales son borrados y/o confiscados; 2) Las pruebas (por ejemplo, grabaciones o fotografías) que registren limitaciones o violaciones a derechos se eliminan a la vez que se detienen a los activistas; 3) Ausencia de registros de detención, citaciones policiales u órdenes escritas que impidan la libertad de movimiento, entre otras.

Además un elemento central que condiciona el contexto de esta ley, y por tanto su eficacia, está relacionada con la independencia del poder judicial y las capacidades interpretativas y de autonomía, y los déficits en la formación en materia de derechos humanos de los juristas cubanos.

También en el Informe incluimos un comentario sobre la Ley de soberanía alimentaria y seguridad alimentaria y nutricional.

Destacamos que durante el mes de marzo no se han dado a conocer novedades sobre el proceso de Consulta Popular sobre el Código de Familias.

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