[vc_row][vc_column][vc_column_text]Por Sandra Verduguez.
El proceso de preselección de magistrados judiciales en Bolivia ha suscitado preocupaciones sobre la vulneración de derechos civiles y políticos, y sobre el irrespeto a los principios de independencia judicial, transparencia y participación equitativa. Pero aún con serias deficiencias, su paralización debilita la institucionalidad democrática y afecta todavía más la confianza de la ciudadanía en el sistema judicial. Sin embargo, pensar en la reanudación del proceso o en uno nuevo, no tiene sentido si es que se realiza en un contexto que prioriza intereses políticos partidarios antes que la posibilidad de contar con ciudadanos con méritos para ocupar los altos cargos del sistema judicial, como se ha visto hasta ahora. Está claro que este proceso no va a mejorar la crítica situación de la justicia, pero si no se toman en cuenta los estándares internacionales como guía, Bolivia corre el riesgo de volver a caer en lo sucedido en 2011 y 2017, sin perspectivas de mejorar por lo menos el perfil de las autoridades judiciales.
En su tercera versión, el proceso de preselección de magistrados judiciales se inició el 17 de febrero de 2024 con la difusión de la convocatoria a postulantes. Se presentaron 717 postulantes; 347 quedaron luego de la revisión de requisitos comunes y específicos, y 405 luego de la etapa de impugnaciones. El proceso llegó hasta la etapa de evaluación de méritos, en la fase de revisión de documentación y fue paralizado antes de la fase de evaluación oral.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=»1/2″][vc_single_image image=»12187″][/vc_column][vc_column width=»1/2″][vc_single_image image=»12186″][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]La veeduría ciudadana, conformada por la Fundación Jubileo, la Red UNITAS y la Ruta de la Democracia -como parte de la Alianza Observación Ciudadana de la Democracia- ha detectado serias deficiencias en el actual proceso que acaba de ser paralizado por tercera vez, luego de 74 días desde su convocatoria por un recurso de amparo constitucional desde Santa Cruz, que ordenó la paralización temporal del proceso y una acción popular presentada en Pando que resolvió la suspensión definitiva. Junto con estos, otros recursos de amparo constitucional están relacionados con la inhabilitación de candidatos, la vulneración de derechos y las irregularidades detectadas que apuntan a violaciones a la Constitución Política del Estado, a vulneraciones de derechos civiles y políticos de los postulantes y a la falta de garantías para la participación política de las mujeres e indígenas.
Violaciones a la CPE
El proceso de preselección de magistrados judiciales ha enfrentado acusaciones de violaciones a la Constitución Política del Estado que reflejan la complejidad y la sensibilidad del proceso, que van desde acciones legales contra vocales y jueces por frenar el proceso de preselección, hasta amparos constitucionales por irregularidades durante la evaluación de méritos y denuncias de la sociedad civil por violación de varios preceptos de la Constitución, poniendo en duda la legitimidad del proceso.
Las irregularidades fueron expuestas por la Veeduría que identificó problemas en la organización del trabajo en las Comisiones y la falta de una metodología para la verificación de requisitos y el tratamiento de las impugnaciones. “Es fundamental mejorar el tratamiento y manejo de los sobres durante la verificación de requisitos para garantizar la pulcritud y evitar el riesgo de pérdida o confusión de la documentación de los postulantes” Señala además que “Para fortalecer la integridad del proceso, es esencial mejorar la organización, el cuidado en el manejo de los documentos y la claridad en los criterios de evaluación”
El seguimiento al trabajo de las Comisiones, realizado por la Veeduría de manera presencial y virtual permite afirmar que la presentación de alrededor de 35 recursos de amparo constitucional responde a un trabajo desorganizado, improvisado, desigual y poco transparente de las Comisiones, que ha dado lugar a que sus resultados no sean confiables.
Relacionada con el proceso está la auto prórroga de mandato de los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que desafía la Constitución Política del Estado y al Estado de Derecho porque permite que los magistrados en funciones participen en el proceso de preselección como candidatos. Esto ha generado debates y críticas por parte de legisladores y la sociedad en general. Algunos consideran que esto es una violación a la CPE
Desde la ciudadanía, se percibe que la prórroga no evita un “vacío de poder” sino que esta medida podría afectar la continuidad de servicios judiciales y la protección de los derechos de la ciudadanía. Desde otra óptica, la prórroga podría dar lugar a posibles delitos de prevaricato, ya que los magistrados estarían emitiendo fallos o decisiones contrarios a la normativa legal, además de afectar la independencia de los magistrados, ya que podrían sentirse comprometidos por su propia decisión.
Declaración del Tribunal Constitucional Plurinacional 0049/2023 del 11 de diciembre de 2023, que habilita la prórroga de los magistrados que cumplieron su mandato el 31 de diciembre de 2023:
“Se dispone la prórroga de mandato de las autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional en actual ejercicio, de manera excepcional y temporal, hasta que se elijan y posesionen a las nuevas autoridades”
Magistrados “autoprorrogados” que postularon al proceso de preselección:
Marina Durán Miranda, Juan Carlos Berríos Albizu, José Antonio Revilla Martínez, Ponciano Ruiz Quispe, Ricardo Torres Echalar, Mariana Montenegro Añez, Olvis Egüez Oliva, René Yván Espada Navía y Marvin Arsenio Molina Casanova.
Vulneración de derechos civiles y políticos
La vulneración de derechos, también detectada por la Veeduría se evidencia en la falta de transparencia y acceso a la información del proceso, que no tuvo claridad ni fue abierto y llevó a cuestionamientos sobre la idoneidad de los candidatos seleccionados; en la influencia política, que ha creado dudas sobre la independencia de las decisiones y el trato igualitario a los postulantes; y en procesos de impugnación ineficaces o inaccesibles que comprometen la integridad del proceso. Por otro lado, la veeduría señala que “no se tuvo acceso a los documentos de la evaluación de méritos, ya sea de forma escaneada o digital. Solamente los asambleístas tuvieron acceso a esa documentación.”
Si bien se vieron intentos de parte de las Comisiones Mixtas de Constitución y de Justicia Plural, de hacer más transparente el proceso, la exigencia de Personería Jurídica a las organizaciones veedoras continúa limitando la participación de la ciudadanía. Por otro lado, el proceso de acreditación de las veedurías se vio afectado por la falta de coordinación entre las Comisiones, que no coordinaron sobre los requisitos. “Los requisitos para la acreditación de veedurías deben ser evaluados para garantizar que no resulten restrictivos y que permitan una participación amplia y diversa de la ciudadanía en el control y la vigilancia de los procesos”.
Sobre la metodología utilizada por las Comisiones y el tratamiento igualitario para todos los postulantes, la Veeduría ciudadana identificó disparidad en el tratamiento de los expedientes, situación que atenta contra el principio de equidad y que repercute en la legitimidad del proceso. La Veeduría señala que “La falta de uniformidad en la aplicación de criterios y el tratamiento desigual en el análisis de las impugnaciones y su revisión plantean preocupaciones sobre la garantía del derecho a la igualdad y a un trato imparcial. Es fundamental que con anterioridad al inicio de cada etapa se acuerden criterios claros y objetivos para evaluar a todos los candidatos y candidatas de manera equitativa”
La verificación improvisada de requisitos comunes y específicos, así como el tratamiento dispar de las impugnaciones, recursos de revisión y evaluación de méritos tuvo observaciones desde la veeduría ciudadana: “Para garantizar la observancia de la norma y la idoneidad en el proceso de selección de postulantes, es necesario mejorar la organización del trabajo, establecer criterios de evaluación claros y consensuados, y asegurar que las decisiones se tomen de manera objetiva y transparente, respetando en todo momento la normativa vigente y los derechos de las y los postulantes. (…) En el trabajo de ambas comisiones se ha evidenciado falta de organización y ausencia de una metodología previamente definida para llevar a cabo la revisión de impugnaciones, recursos de revisión y el análisis de la documentación presentada por las y los postulantes. (…) se observa la necesidad de establecer criterios de valoración comunes en ambas comisiones, especialmente en requisitos como la experiencia profesional específica. La falta de estos parámetros mínimos deja un margen muy amplio de discrecionalidad en la determinación del tiempo de experiencia profesional”.
Datos sobre impugnaciones, denuncias y acusaciones:[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=»1/2″][vc_single_image image=»12189″][/vc_column][vc_column width=»1/2″][vc_single_image image=»12190″][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]Datos sobre la etapa de evaluación de méritos: evaluación y calificación de méritos.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_single_image image=»12191″][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]Participación de mujeres
La normativa del actual proceso, consensuada a través de la Ley 1549, no consideró los problemas que limitaron la participación de mujeres en los procesos de 2011 y 2017, permitiendo que nuevamente se presenten y provoquen las mismas situaciones de discriminación, así como la paralización del proceso. Urge que las Comisiones de la ALP encargadas del proceso tengan mayor responsabilidad y trabajen en la elaboración de normativas con mayor inclusión y resguardos legales que no pongan al proceso en situación de total vulnerabilidad.
Del total de postulantes al proceso actual, sólo el 28% fueron mujeres. A 74 días de iniciado el proceso, en Pando, la Sala Constitucional Primera de Cobija dio curso a una acción popular presentada por la abogada Yeny Dury Bautista que se refirió a la baja participación de mujeres, dejando sin efecto el proceso.
Participación de mujeres en el actual proceso de preselección de magistrados judiciales.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_single_image image=»12192″][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]El segundo informe preliminar emitido por la Veeduría ciudadana sostiene que “Si bien esto tiene que ver con causas profundas y estructurales vinculadas a condicionantes culturales, educativos, económicos, políticos y psicológicos, que representan desafíos para competir con éxito en el escenario político y público, las comisiones deben tener presente en todo momento la importancia de respetar los criterios de equidad y especialmente lo establecido en el artículo 37 de la Ley 1549, de acuerdo con el cual, en caso de que no se llegue al número necesario de mujeres, se habilitará a la o el postulante que tenga la siguiente mejor calificación que sea mujer, del número total de postulantes a nivel nacional. Se evidencia la ausencia de una comisión asesora que trabaje con los miembros de las Comisiones para el análisis y reflexión de estos temas, ya que una posible salida política a la falta de mujeres en las listas que se entregarán al Tribunal Supremo Electoral podría no ser constitucional”.
Queda por ver si las Comisiones Mixtas toman medidas para garantizar que el proceso logre mejorar la participación de mujeres e indígenas, cuando sólo queda la segunda parte de la etapa de Evaluación de méritos, que corresponde al examen oral que deben rendir los postulantes.
Afectaciones a la institucionalidad democrática
No son menos importantes los impactos de la paralización del proceso de preselección de magistrados judiciales en la institucionalidad democrática, ya que se corren riesgos de: debilitamiento de la confianza en las instituciones encargadas de garantizar el Estado de Derecho y la justicia; politización y clientelismo durante este periodo de paralización e incertidumbre; afectación a la capacidad del sistema judicial para funcionar y de perder legitimidad por la falta de renovación de sus autoridades; reducir el acceso a la justicia y descuidar la protección de los derechos humanos de la población; y afectar aún más la independencia de los Órganos del Estado por el debilitamiento de su capacidad de actuar como un contrapeso efectivo de unos frente a los otros.
¿Cómo mejorar el proceso?
En enero de este año, la Veeduría ciudadana trabajó en la elaboración de un Reglamento ciudadano que incorpora estándares internacionales y recomendaciones de la sociedad civil y de expertos nacionales e internacionales, con el fin de contribuir al proceso de elaboración de la normativa del proceso de preselección. El documento fue entregado a la presidencia de la Asamblea y también de las dos Comisiones poco después del inicio del primer proceso, en febrero de este año, pero la socialización planteada tuvo respuesta solo de asambleístas de Comunidad Ciudadana sin conseguir incidencia real en el proceso de elaboración de la normativa. La actual situación del proceso de preselección de magistrados judiciales es el resultado de la aplicación de una convocatoria que no garantizó la selección de candidatos idóneos para competir por altos cargos del sistema judicial en las elecciones judiciales.
Si bien los avances y mejoras en los procesos democráticos tienen que ver directamente con la voluntad política de los actores, se espera que los estándares internacionales que fueron incorporados en el Reglamento ciudadano para velar por una institucionalidad democrática y por la separación e independencia de los Órganos del Estado sea considerada de manera seria y responsable de parte de los representantes nacionales y de las autoridades involucradas. Aún queda un largo camino para lograr que la participación ciudadana encuentre los mecanismos necesarios para que sus aportes sean considerados al mismo nivel que los de la veeduría internacional y tengan efectos vinculantes.
Para allanar este camino y aprovechando que la CIDH solicitó en mayo a las Comisiones Mixtas información sobre el proceso desde su inicio en 2023, la veeduría se encuentra elaborando un “informe sombra” con la pretensión de mostrar, a esta instancia internacional, lo que ha sucedido hasta el momento: un proceso que, en sus características, responde a la crítica situación de desinstitucionalización y crisis múltiples que vive Bolivia.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][ld_button style=»btn-default» title=»DESCARGAR» link=»url:https%3A%2F%2Fdemoamlat.com%2Fwp-content%2Fuploads%2F2024%2F07%2FSandra-Verduguez-DDA-JULIO-2024.pdf|||»][/vc_column][/vc_row]