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La (no) Libertad de Expresión en Cuba

Universalmente la libertad de expresión es entendida como un derecho humano fundamental y necesario para el pleno ejercicio de otros derechos, siendo además la manifestación tangible de la libertad de pensamiento. La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

El mismo José Daniel Ferrer, líder de UNPACU (Unión Patriótica de Cuba), publicó el 16 de junio un video en YouTube denunciando las violaciones a la libertad de expresión por parte del régimen cubano. Más de una decena de periodistas relacionados a UNPACU ya están sufriendo las consecuencias de expresar sus puntos de vista contrarios a la política estatal. ‘’Si hay libertad de expresión, se desmorona cualquier régimen antidemocrático, se viene abajo cualquier dictadura’’, fueron algunas de las expresiones de Ferrer.

En las últimas semanas hubo novedades relevantes al respecto en el continente americano, sobre todo aquellas que se refieren a la libertad de expresión en los medios digitales. Por ejemplo, se puede nombrar la ‘’cruzada’’ que el presidente norteamericano Donald Trump inició luego de que algunos de sus posteos fueran censurados por Twitter.

Centrándonos en lo que se refiere específicamente a los derechos de los ciudadanos cubanos, el 15 de junio fue publicado Informe Anual de la UE sobre Derechos Humanos y Democracia en el Mundo (2019). Allí se consigna que en 2019, la libertad de expresión, asociación y reunión siguió estando sujeta a importantes restricciones, con informes de numerosas detenciones arbitrarias, así como con el encarcelamiento de varios presos de conciencia designados por Amnistía Internacional, incluido el destacado líder disidente José Daniel Ferrer. Activistas políticos, defensores de los derechos humanos y periodistas independientes siguen enfrentando restricciones a viajar dentro del país y al exterior. En los últimos meses, ha habido una tendencia a poner a activistas políticos y defensores de derechos humanos bajo arresto domiciliario o se les ha impedido abandonar sus hogares.

El documento de la Unión Europea también expresa su preocupación respecto del Decreto 370 y de la nueva Constitución sancionada en febrero, que mantiene el sistema unipartidario y comunista, describiendo al Partido Comunista de Cuba (PCC) como “la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado”. Justamente, de esta ley suprema y de aquel decreto es que surge gran parte del entramado político y legal que le impiden a los cubanos, especialmente a periodistas independientes y disidentes, poder ejercer su derecho a la libertad de expresión. Entre las mencionadas disposiciones se encuentran:

  • la imposibilidad de que existan medios de comunicación de propiedad privada.
  • en consonancia con lo anterior, todos los periodistas deben estar afiliados a la Unión de Periodistas Cubano, bajo el estricto control del Partido Comunista.
  • la vaguedad de muchos de los artículos permite que las leyes sean usadas discrecionalmente por las autoridades policiales para castigar a disidentes, como en el caso de los regulados.

El otro acontecimiento notable, tanto hacia adentro como afuera de Cuba, fue la denuncia de Cuban Prisoners Defenders (CPD) ante el Alto Comisionado de las Naciones Unidas sobre la eliminación de la libertad de expresión en Cuba. El informe da cuenta de pruebas sobre de la creación de un patrón de eliminación sistemática de la libertad de expresión en todas las comunicaciones electrónicas privadas y públicas en Cuba. Se presentaron 33 casos, en conjunto con la Asociación Sindical Independiente de Cuba (ASIC), el Movimiento San Isidro, la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU), el Instituto Patmos y el movimiento Corriente Martiana.

El presidente de CPD, Javier Larrondo, declaró que el Decreto 370 es otro paso más dentro de “un proceso más importante de cercenado de la libertad de expresión en Cuba desde que internet fue creado, y está científicamente definido, preparado y evolucionado para hacer sobrevivir la dictadura 20 años más sin posibilidad de libertad de expresión en el país”. Por ejemplo, el artículo 68 del Decreto establece una multa de entre tres y ocho veces el salario de un cubano medio por publicar en internet ‘’información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas’’, pero luego el Código Penal en su artículo 170 pena con prisión de seis meses a quien no pague dicha multa.

Como datos finales, en Cuba existe la telefonía 3G desde hace menos de dos años -diciembre de 2018-, pero aún así son menos de 4 millones de cubanos los que poseen teléfonos móviles (sobre una población total de 11 millones), una muestra de la miseria generalizada en la que está sumida la población de la isla. Plataformas como Skype e incluso Zoom, herramientas indispensables para la comunicación en estos tiempos de pandemia, se encuentran bloqueadas; los Facebooks de periodistas independientes están constantemente bajo vigilancia. En síntesis, el pueblo cubano, aún después de la sanción de una nueva Constitución que se pretendía más abierta, sigue sin poder acceder a información libre, y mucho menos a expresarse libremente cuando el régimen considera que ello es en su detrimento.