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Breve cronología del impacto del Sars-CoV2-19 en la organización de las elecciones en México.

Las medidas que las sociedades democráticas deben considerar adoptar para lograr mantener el buen funcionamiento del sistema se encuentran en el conjunto de recomendaciones elaboradas por organismos internacionales para el desarrollo de los procesos electorales. Una serie de herramientas entre las que la tecnología informática requiere especial atención.

 

En el futuro, cuando rememoremos el año 2020, este será recordado por ser el año que sacudió a la sociedad; que además de haber provocado la muerte de miles de personas, cambió de manera radical la interacción social, para adaptarse a lo que se ha llamado la nueva normalidad. Esto implica el distanciamiento social; es decir, conservar una distancia física respecto de otras personas, esto para mitigar el alto número de contagios.

Adaptar el quehacer institucional es obligatorio, las instituciones deben implementar medidas que además de permitirles llevar a cabo sus funciones, protejan al personal de posibles contagios. En este tenor, las instituciones administrativas electorales tendrán que darse a la tarea de analizar sus procesos e ir modificando aquellos que puedan ser realizados utilizando la tecnología. En este artículo se hará una breve cronología del impacto que ha sufrido el ámbito electoral ante la pandemia del Sars-Covid-19, así como de las preocupaciones que subyacen en la organización de las elecciones.

  1. Noticias inesperadas

En enero de 2020 tuvimos conocimiento de una enfermedad que había surgido en Wuhan, China, a través de un Tweet colocado en la cuenta @WHO de la Organización Mundial de la Salud (OMS), también conocida como WHO por sus siglas en inglés (World Health Organization)[1], en la que señalaban:

“China ha reportado a la OMS un brote de casos de neumonía -no hay muertes- en Wuhan, Provincia de Hubei en China. Las investigaciones se están realizando para identificar la causa de esta enfermedad.” (Traducción propia).

A los pocos días, sucedió lo ¿inesperado?[2], y el 13 de enero de 2020 la Organización Mundial de la Salud[3] hace pública la noticia del primer caso fuera de China, en Tailandia. A partir de ahí, las noticias se fueron multiplicando, ya que la enfermedad se había expandido, no sólo a otros países, sino a otros continentes.

De esta manera, el virus nombrado como SARS-CoV2 (y la enfermedad más conocida como COVID-19) irrumpen en el mundo marcando una época que no habíamos vivido en varias generaciones, desde el lejano año de 1918, en que el mundo vivió la última pandemia, “la Gripe Española”. Ante el aumento exponencial del número de contagios, la OMS “profundamente preocupada por los alarmantes niveles de propagación de la enfermedad y su gravedad”, pues hasta ese momento se tenía el reporte de más de 118,000 casos en 114 países y de 4,291 personas que habían perdido la vida; en una conferencia de prensa celebrada el 11 de marzo de 2020,[4] el director general de la OMS, declaró a la COVID-19 como una pandemia.

Esta declaración fue el parteaguas para reconocer que el mundo se encontraba ante una crisis de salud pública, y aún cuando, desde ese entonces se señalaba que la crisis no solo afectaría al sector salud, el impacto en diversos aspectos (incluido el económico) ha sido por mucho, más devastador de lo que se había previsto.

  • La pandemia en México

En México, fuentes no oficiales señalan que el 28 de febrero[5] se registró el primer caso de COVID-19. Al margen de esto, el 16 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, a través de la Dirección General de Epidemiología emitió un Comunicado Técnico Diario sobre el nuevo coronavirus,[6] en el que señaló al virus SARS-CoV2 (COVID-19) como una enfermedad infecciosa de fácil propagación y que ponía en riesgo la salud y la vida (el 18 de marzo se registró el primer fallecimiento); posteriormente el 23 de marzo de 2020 se publicó el acuerdo del Consejo de Salubridad General por el que se reconoció a la epidemia de la enfermedad causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria.[7]

Posteriormente, el 24 de marzo de 2020, el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud del Gobierno Federal declaró el inicio de la Fase 2 de la contingencia por la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, y se publicó el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad causada por el virus SARS-CoV2 (COVID 19),[8] que involucra la existencia de contagio local, al contrario de la fase 1 que consiste únicamente en casos importados. Consecuentemente, el 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).[9]

Esto nos colocaba en estado de alerta máxima ante una contingencia de salud, ocasionada por un nuevo virus, del cual la comunidad científica -hasta ese momento-  sabía muy poco; las instituciones procedieron a tomar acciones en lo que inicialmente se pensó que sería una situación eventual y que no se dimensionaba la gravedad de la misma; suspensión de clases en todos los niveles educativos, suspensión de actividades presenciales en las instituciones, excepto aquellas consideradas esenciales, en cada Estado se adoptaron las medidas que se consideraron adecuadas para salvaguardar a la población.

  1. Impacto de la pandemia en la organización de las elecciones

En el año 2020 dos Estados de la República Mexicana celebran sus elecciones, Coahuila e Hidalgo, pero ante la declaratoria de pandemia, el Instituto Nacional Electoral (INE), mediante acuerdo INE/CG83/2020, intitulado Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el cual se aprueba ejercer la facultad de atracción, para efecto de suspender temporalmente el desarrollo de los procesos electorales locales, en Coahuila e Hidalgo, con motivo de la Pandemia Covid-19, generada por el Virus SARS-CoV2, de fecha 4 de abril de 2020, determinó decretar la suspensión de las elecciones en dichos estados.

En el acuerdo de mérito se señaló que: “por las condiciones que imperan en el país, derivadas de la pandemia reconocida por la transmisión de la enfermedad COVID-19, generada por el virus SARS-CoV2, y que nos encontramos en fase 2, acorde con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, se debe realizar aislamiento social, así́ como la prohibición de reuniones públicas de cualquier tipo y sobre todo evitar que la población en general salga de sus domicilios para evitar la propagación del virus, razón por la cual no es posible la realización de los actos relacionados con la preparación de la Jornada Electoral e, incluso, su celebración, en condiciones de normalidad.”[10]

Una determinación inédita, pero necesaria ante el devastador panorama por el número de personas contagiadas y fallecimientos, y considerando que se debe privilegiar ante todo, el derecho a la salud -que es un derecho humano- por lo tanto debe prevalecer éste como interés superior el cual justificaba “posponer en el tiempo, el ejercicio de los derechos electorales involucrados en el desarrollo de los procesos electorales en curso, en los estados de Coahuila e Hidalgo, para renovar el Congreso estatal y los ayuntamientos, respectivamente, a fin de que dicho ejercicio se garantice bajo condiciones sanitarias favorables que permitan la realización de elecciones libres y auténticas, con estricto cumplimiento de los principios que rigen los comicios.”[11]

De esta manera se suspendió la ejecución de actividades preparatorias de los procesos electorales locales, y de acuerdo a la información que proveyeran las autoridades de salud respecto de las condiciones de seguridad sanitaria, se procedería a levantar la medida para dar continuidad al proceso electoral de Coahuila e Hidalgo, así como para determinar una fecha para la celebración de la jornada electoral.

Pero ante el aumento exponencial de contagios el 16 de abril de 2020, se declaró que se prolongaría la Jornada Nacional de Sana Distancia,[12] hasta el 30 de mayo de 2020, destacando que su levantamiento sería gradual siempre y cuando se asegure la correcta implementación de las medidas de mitigación. Posteriormente, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación diversos acuerdos tendientes a establecer protocolos para la reanudación de actividades económicas, sociales y laborales:

 

Fecha Título
14 de mayo de 2020 Estrategia para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas, así como el sistema de semáforo por regiones.[13]
15 de mayo de 2020 Se modifica la Estrategia para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas.[14]
29 de mayo de 2020 Lineamientos Técnicos Específicos para la reapertura.[15]

Tabla 1.1. Fuente: elaboración propia.

Con estos insumos, el Consejo General del INE auxiliado por el Grupo Estratégico INE-C19, creado específicamente para el análisis y tratamiento de cuestiones relacionadas con la pandemia, el 30 de julio emitió el acuerdo INE/CG170/2020[16] en el que se determinó que al existir protocolos emitidos por autoridades sanitarias para normar lo relativo a la reanudación de actividades esenciales, lo conducente era reanudar la organización de los procesos electorales de Coahuila e Hidalgo y fijar fecha para la celebración de la Jornada Electoral, siendo esta el domingo 18 de octubre de 2020.

Por otra parte, el artículo 105, fracción II, penúltimo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,[17] establece que 90 días antes de que inicie el proceso electoral no pueden realizarse modificaciones fundamentales a las leyes electorales; por lo que, considerando que en la mayoría de las entidades federativas los procesos electorales inician en el mes de septiembre, hasta el último día del mes de mayo de 2020 era factible realizar modificaciones a las leyes electorales, tanto federales como locales; lo que en la especie ocurrió, dado que las legislaturas estatales procedieron a realizar reformas para posponer el inicio del proceso electoral, y atendiendo a su libertad configurativa algunas entidades optaron por aplazar el inicio formal del proceso electoral, dando una diversidad de fechas de inicio de los procesos electorales locales:[18]

 

Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Enero
Ciudad de México Colima Aguascalientes Baja California Campeche
Guanajuato Chihuahua Durango Baja California Sur Chiapas
Guerrero Nuevo León Puebla Hidalgo Coahuila
Michoacán Querétaro Tlaxcala Oaxaca Estado de México
Morelos Tabasco Yucatán Sinaloa Jalisco
San Luis Potosí Nayarit
Sonora Quintana Roo
Tamaulipas Veracruz
Zacatecas

Tabla 1.2. Fuente: elaboración propia.

De esta manera, en atención al interés superior considerando como tal el derecho de la salud de la población y el pleno ejercicio y respecto de los derechos político electorales de la ciudadanía, se han dado las bases generales sobre las cuales se organizarán los procesos electorales del año 2021, en el cual, las 32 entidades de la República Mexicana celebrarán, al menos, una elección.

2.1 Organizar elecciones en medio de una pandemia

El primer impacto que han sufrido las autoridades administrativas electorales en la organización de las elecciones ha sido la postergación en la fecha del inicio formal de sus procesos electorales. El siguiente paso no es un reto menor: realizar las actividades que constitucional y legalmente tienen encomendadas, en medio de una contingencia sanitaria, sin que esto represente un potencial aumento en el número de contagios, y tomando las medidas pertinentes para proteger la salud del personal electoral y la ciudadanía que interviene en los distintos procesos que se realizan, sin que esto signifique una restricción irreparable a los derechos político electorales de la ciudadanía.

La organización de las elecciones es un evento que aparejado a la cuantiosa cantidad de actividades que se realizan en los preparativos para la realización de la jornada electoral, implica la participación de un gran número de personas durante los meses previos, “no existe ningún otro ejercicio estatal, nacional o territorial que presente el mismo grado de magnitud operacional, de participación multitudinaria y de complejidad jurídica y procesal.”[19] Por lo tanto, es imperativo que las autoridades administrativas electorales, realicen un análisis de los distintos escenarios para prever y diseñar cuidadosamente cada uno de los protocolos sanitarios que deban implementar para que en sus actuaciones guarden el debido y oportuno cuidado a la población.

Para auxiliar en esta labor instituciones internacionales garantes de la democracia han emitido diversos documentos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con fecha 10 de abril de 2020, emitió la Resolución No. 1/2020, intitulada “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas” en la que recomendó a los gobiernos de los Estados miembros -México entre ellos- adoptar de forma inmediata, urgente y con la debida diligencia, todas las medidas adecuadas para proteger los derechos a la vida, salud e integridad de las personas que se encuentren en sus jurisdicciones frente al riesgo que representa la  pandemia.[20]

La Fundación Internacional para Sistemas Electorales (International Foundation for Electoral System-IFES) emitió la Serie Informativa IFES COVID 19: Cuidando la Salud y las Elecciones,[21] elaborado con la colaboración con expertos en salud pública, en la que incluyen una serie de recomendaciones que pueden ser aplicables en los distintos sistemas electorales, y que se refieren a temas electorales como la planificación electoral y recursos, campañas, educación electoral, contratación de personal, registro de candidaturas y conteo de votos, y la observación electoral.

Por su parte, la Organización de los Estados Americanos emitió la Guía para organizar elecciones en tiempos de pandemia,[22] en la cual resalta el enorme compromiso de los órganos electorales y la necesidad de redefinir todos los procedimientos y protocolos, para evitar que la realización del proceso se convierta en una propagación exponencial del COVID-19.

Estos documentos presentan propuestas en: actividades específicas a tomar en cuenta de acuerdo al tipo de sistema electoral de que se trate; a la flexibilidad en la modificación de procesos y la capacidad económica para implementar, y desarrollar modalidades alternas para la realización de actividades. Cada autoridad en el marco de su autonomía y presupuesto, diseñará sus propias estrategias para minimizar el riesgo de contagio en la realización de sus actividades.

En resumen, resultará necesario adoptar medidas extraordinarias en pleno respeto al derecho humano de la salud, que otorguen certeza a los actores involucrados en el proceso electoral respecto de las acciones sustantivas y operativas que desarrollen las autoridades administrativas electorales. Dada la diversidad de actividades que se vinculan con las funciones electorales, los protocolos sanitarios a implementar son los relativos a actividades que implican la participación y concentración de un gran número de personas, por mencionar algunos:

  • Actividades de capacitación a los integrantes de Consejos Distritales y Municipales;
  • Actividades de capacitación a los funcionarios de las mesas directivas de casillas;
  • Celebración de sesiones de los Consejos General, Distritales y Municipales;
  • Actividades para recabar el apoyo de la ciudadanía;
  • Actividades de precampaña y campaña;
  • Registro de candidaturas;
  • Entrega-recepción de las boletas electorales, así como el conteo, sellado y enfajillado de las boletas por los integrantes de dichos consejos;
  • Entrega de la documentación y material electoral a las presidencias de las mesas directivas de casillas
  • Los mecanismos para la emisión del voto al interior de las casillas;
  • Mecanismos de recolección y entrega de los paquetes electorales;
  • Para la implementación de los Conteos Rápidos y el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP);
  • Dinámica para la realización de los cómputos distritales y municipales.

En la medida de lo posible, se deben privilegiar la utilización de medios electrónicos para realizar ciertas actividades, como la capacitación a distancia, la celebración de sesiones de los consejos, el proceso de selección de integrantes de consejos distritales y municipales, e incluso, el registro de candidaturas, lo que requiere del desarrollo de sistemas que garanticen la participación de la ciudadanía en estas actividades, y se pondere la realización presencial solo en casos excepcionales.

Además, es primordial que el trabajo que realicen las autoridades electorales se haga con una estrecha coordinación con las autoridades de salud encargadas del manejo de la pandemia, a efecto de contar con la información veraz y oportuna sobre el estado de la pandemia; así como, con la asesoría y guía para la elaboración de las estrategias a  implementar en cada etapa de la organización del proceso electoral. Estas actividades deberán darse a conocer por los canales institucionales para que la ciudadanía se encuentre debidamente informada, y evitando que la desinformación sea un obstáculo en la participación de la ciudadanía.

Garantizar el pleno ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía, a la vez que se brindan las condiciones necesarias para que puedan acudir a elegir a sus representantes populares, así́ como realizar dichas actividades apegados a los principios rectores de la función electoral, para la renovación periódica y pacífica de los cargos de elección popular mediante el voto- universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible-, sin que dicha actividad constituya un riesgo sanitario, es un reto de dimensiones mayúsculas. Sin embargo, si algo saben hacer, y lo hacen bien las autoridades electorales, es enfrentar los retos con convicción democrática, espíritu de servicio y compromiso incansable.

  1. Referencias

Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Resolución 1/2020, Pandemia y Derechos Humanos en las Américas, 10 de abril de 2020, disponible en: https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion-1-20-es.pdf

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5 de febrero de 1917, disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf

Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SRAS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia, 23 de marzo de 2020, disponible en: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590161&fecha=23/03 /2020.

Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad causada por el virus SARS-CoV2 (COVID 19), 24 de marzo de 2020, disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo= 5590339 &fecha =24/03/2020

Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2-19, 30 de marzo de 2020, disponible en: https://www.dof.gob.mx/ nota_detalle.php? codigo=5590745&fecha=30/03/2020.

Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, 31 de marzo de 2020, disponible en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5592067&fecha=21%2F04%2F2020.

Diario Oficial de la Federación, Estrategia para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas, así como el sistema de semáforo por regiones, 14 de mayo de 2020, disponible en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=559331 3&fecha=14/05/2020

Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, 15 de mayo de 2020, disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_ detalle.php? codigo=5593411&fecha=15/05/2020

El Universal, Se confirma primer caso de coronavirus en México, 28 de febrero de 2020, disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/nacion/sociedad/coronavirus-en-mexico-confirman-primer-caso

Fundación Internacional para Sistemas Electorales, Serie Informativa IFES COVID-19: Cuidando la Salud y las Elecciones, 2020.

International Institute for Democracy and Electoral Assistance (IDEA), La gestión electoral durante la pandemia de Covid-19, julio de 2020, disponible en: https://www.idea.int/sites/default/files/publications/gestion-electoral-durante pandemia -covid-19.pdf

INE, Acuerdo INE/CG83/2020 Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el cual se aprueba ejercer la facultad de atracción, para efecto de suspender temporalmente el desarrollo de los procesos electorales locales, en Coahuila e Hidalgo, con motivo de la Pandemia Covid-19, generada por el Virus SARS-CoV2, 1 de abril de 2020.

INE, Acuerdo INE/CG170/2020 Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se establece la fecha de la jornada electoral de los procesos electorales locales en Coahuila e Hidalgo y se aprueba reanudar las actividades inherentes a su desarrollo así́ como ajustes al plan integral y calendarios de coordinación, 30 de julio de 2020.

INE, Acuerdo INE/CG289/2020, Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba ejercer la facultad de atracción para ajustar a una fecha única la conclusión del periodo de precampañas y el relativo para recabar apoyo ciudadano, para los procesos electorales locales concurrentes con el proceso electoral federal 2021, 11 de septiembre de 2021

Organización de Estados de las Américas, Guía para organizar elecciones en tiempos de pandemia, 2020, disponible en: http://www.oas.org/documents/spa/press/OEA-guia-para-organizar-elecciones-en-tiempos-de-pandemia.pdf

 

 

[1] World Health Organization, @WHO, Tweet, 4 de enero de 2020.

[2] Inesperado entre signos de interrogación, por ser algo previsible, dadas las vías de comunicación y transporte que existen en la actualidad; en un día una persona puede trasladarse de un punto a cualquier otro lugar del globo terráqueo.

[3] OMS, “Declaración de la OMS sobre el nuevo coronavirus detectado en Tailandia”, Comunicado de prensa, 13 de enero de 2020.

[4] OMS, “Declaración de la OMS sobre el COVID-19 como pandemia”, Conferencia de prensa, 11 de marzo de 2020.

[5] El universal, “Se confirma primer caso de coronavirus en México”, 28 de febrero de 2020.

[6] Dirección General de Epidemiología de la Secretaría de Salud, “Comunicado Técnico Diario Nuevo Coronavirus en el mundo COVID-19”, Comunicado de Prensa, 16 de marzo de 2020.

[7] Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SRAS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia, 23 de marzo de 2020.

[8] Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad causada por el virus SARS-CoV2 (COVID 19), 24 de marzo de 2020.

[9] Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2-19, 30 de marzo de 2020.

[10] INE, Acuerdo INE/CG83/2020 Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el cual se aprueba ejercer la facultad de atracción, para efecto de suspender temporalmente el desarrollo de los procesos electorales locales, en Coahuila e Hidalgo, con motivo de la Pandemia Covid-19, generada por el Virus SARS-CoV2, 1 de abril de 2020, p. 20.

[11] Ibídem, p. 36.

[12] Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, 31 de marzo de 2020.

[13] Diario Oficial de la Federación, Estrategia para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas, así como el sistema de semáforo por regiones, 14 de mayo de 2020.

[14] Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, 15 de mayo de 2020.

[15] Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que se establecen los lineamientos técnicos para la reapertura, 29 de mayo de 2020.

[16] INE, Acuerdo INE/CG170/2020 Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se establece la fecha de la jornada electoral de los procesos electorales locales en Coahuila e Hidalgo y se aprueba reanudar las actividades inherentes a su desarrollo así́ como ajustes al plan integral y calendarios de coordinación, 30 de julio de 2020.

[17] Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5 de febrero de 1917.

[18] INE, Acuerdo INE/CG289/2020, Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba ejercer la facultad de atracción para ajustar a una fecha única la conclusión del periodo de precampañas y el relativo para recabar apoyo ciudadano, para los procesos electorales locales concurrentes con el proceso electoral federal 2021, 11 de septiembre de 2021, p. 38.

[19] International Institute for Democracy and Electoral Assistance (IDEA), La gestión electoral durante la pandemia de Covid-19, julio de 2020, p. 1.

[20] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Resolución 1/2020, Pandemia y Derechos Humanos en las Américas, 10 de abril de 2020, p. 8.

[21] Fundación Internacional para Sistemas Electorales, Serie Informativa IFES COVID-19: Cuidando la Salud y las Elecciones, 2020, pp. 4 y 5.

[22] Organización de Estados de las Américas, Guía para organizar elecciones en tiempos de pandemia, 2020, p. 10.

 

[author] [author_image timthumb=’on’][/author_image] [author_info]Mayra Fabiola Bojórquez

Maestra en Derecho Electoral y en Administración de Instituciones Educativas, Doctoranda en Derecho Electoral, actualmente Consejera Presidenta del Instituto Electoral del Estado de Campeche. Miembro de la CAOESTE.[/author_info] [/author]