La importancia de la certificación del elector

Por Raudiel F. Peña Barrios, Coordinador del Observatorio Legislativo de Cuba.

El 5 de julio de 2023 varias organizaciones lanzaron una iniciativa para que los ciudadanos cubanos ubiquen las sedes de los Consejos Electorales Municipales (CEM). Se invita a localizar los consejos con el propósito de que los electores tramiten la certificación que los habilita como tales. El objetivo también es que sean los ciudadanos quienes contribuyan a reunir información sobre dónde se ubican los consejos electorales de cada uno de los municipios del país.

La iniciativa se relaciona con la intención de algunas organizaciones de la sociedad civil de incentivar la participación política de los ciudadanos mediante los mecanismos disponibles y con las instituciones existentes en Cuba. Por ejemplo, hace unos meses se conoció que varios activistas y opositores políticos solicitaron a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) la regulación de los derechos de reunión y manifestación. La respuesta del Parlamento precisó que debían emplear los mecanismos de participación política reconocidos constitucional y legalmente. En este caso debió emplearse la iniciativa legislativa popular.

La nueva campaña para ubicar los CEM y tramitar la certificación de elector es importante por dos factores. El primero es que no existe un registro público con información sobre las sedes de los consejos y la forma de contactar a sus autoridades. El segundo es que obtener la certificación de elector es crucial para participar políticamente en Cuba con independencia de las elecciones.

Los Consejos Electorales Municipales se crearon como órganos permanentes según lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Electoral de 2019. Acorde con lo establecido en el artículo 28 de la ley, los consejos electorales en cualquier nivel tienen la función de organizar, dirigir y asegurar los procesos de elecciones, las consultas populares, los referendos y plebiscitos; tramitar y dar respuesta a las consultas o reclamaciones que se presenten en materia electoral; controlar la confección y actualización del registro electoral, así como la realización de las comprobaciones establecidas; archivar, preservar y custodiar la documentación oficial y estadística relativa a los procesos electorales y tener a su cargo la documentación histórica de las elecciones de su territorio; garantizar el cuidado y conservación de los locales, equipamiento y otros medios asignados a los consejos electorales.

Las funciones convierten a los CEM en estructuras fundamentales para la participación política. Se componen de hasta 17 miembros, de los cuales solamente dos son profesionales (como máximo tres), en correspondencia con las características del municipio (artículo 50.2 de la Ley Electoral).

Las autoridades profesionales de los consejos son las encargadas de tramitar las certificaciones de elector que soliciten los ciudadanos. O sea, al ser los CEM estructuras electorales permanentes y existir autoridades que los dirigen a tiempo completo, es posible que los electores acudan a las sedes de cada uno para solicitar el documento oficial que demuestra que son capaces de ejercer sus derechos políticos. Sin embargo, no existe un registro público sobre las sedes y formas de contactar con las autoridades de los CEM. En el apartado de la página web oficial del Consejo Electoral Nacional (CEN) dedicado a estas estructuras solo se repite información que contiene la Ley Electoral.

De acuerdo con lo pautado en el artículo 80 de la Constitución cubana, los ciudadanos tienen derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder del Estado. Por ello tienen, entre otros, el derecho de estar inscritos en el registro electoral; de participar en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación; también tienen el derecho de presentar una iniciativa legislativa y reformar la Constitución. 

Para poder participar políticamente es necesario contar con la certificación de elector. El documento lo expide el registro de electores, que tiene carácter público y permanente y lo conforman de oficio la totalidad de los ciudadanos con capacidad legal para ejercer el derecho al voto (según se indica en el artículo 206 de la Constitución de 2019). 

También debe presentarse la certificación de elector para solicitar la interpretación de la Constitución y las leyes (artículos 173.1.2 y 174.1.2), para promover una reforma constitucional (artículo 245) y para solicitar la suspensión de los acuerdos de las Asambleas Municipales del Poder Popular ante el Consejo de Estado (artículo 292.2). Por último, es necesario contar con la certificación para solicitar la revocación o modificación de los acuerdos y demás disposiciones de los gobernadores y consejos provinciales ante el Consejo de Estado (artículo 294.1.2).

En la Ley Electoral y la de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y el Consejo de Estado no se describe el procedimiento para obtener la certificación de elector. No obstante, la evidencia recopilada por varias organizaciones y activistas de la sociedad civil demuestra que la solicitud se presenta ante los CEM, los cuales se encargan de su tramitación con las autoridades electorales nacionales y del registro de electores. De ahí la importancia de conocer dónde se ubica cada CEM.

Acorde con lo previsto en la Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y el Consejo de Estado de la República de Cuba, acreditar la condición de elector ante el CEN es un requisito para emplear la iniciativa legislativa popular (artículo 118); para solicitar la declaración de inconstitucionalidad de cualquier disposición normativa (artículo 156.2); y para promover ante la ANPP la revocación total o parcial de los acuerdos o disposiciones de las Asambleas Municipales del Poder Popular que contravengan las leyes, decretos leyes, decretos presidenciales, decretos y demás disposiciones dictadas por órganos competentes, o los que afecten los intereses de otras localidades o los generales del país (artículo 169.1.2). 

Las leyes tampoco regulan las causas por las cuales puede negarse la entrega de la certificación de elector. Las más evidentes son que el solicitante no esté inscrito por alguna razón en el registro electoral o que se encuentre incapacitado para ejercer sus derechos políticos. 

Para ejercer los derechos políticos se debe tener más de 16 años; no tener restringida judicialmente la capacidad jurídica por razón de una discapacidad; no estar inhabilitado por decisión de un tribunal; y cumplir con los requisitos legales de la residencia en Cuba (artículo 205 de la Constitución de 2019).

Es bastante simple obtener la certificación de elector, lo que no quiere decir que los mecanismos de participación política para los cuales es necesaria sean eficaces en el contexto cubano. Contar con el documento es un requisito necesario para participar políticamente.

El OLC presentó un informe sobre la Asamblea Nacional de Cuba y la aprobación de leyes restrictivas a los DDHH

El Observatorio Legislativo de Cuba de DemoAmlat presentó el informe “IX Legislatura de la Asamblea Nacional de Cuba 2018 – 2023”. Cumpliendose dos años de las protestas masivas del 11 de julio del 2021 en Cuba, este informe realiza un repaso sobre las leyes restrictivas a los derechos humanos de los cubanos que sea probaron en este periodo. 

En esta oportunidad contamos con la participación de Raudiel Peña Barrios, Coordinador del Observatorio Legislativo de Cuba, y Marcelo Espinel, Subdirector de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo.

Espinel realizó un repaso sobre el funcionamiento del monitoreo legislativo realizado desde la fundación sobre la Asamblea Nacional del Ecuador. Al respecto, destacó que “la ciudadanía sigue desconfiando de la labor legislativa y su importancia dentro de una democracia”. En esta línea también reflexionó que “Las organizaciones de monitoreo legislativo somos críticas, pero debemos encontrar un método para construir legitimidad hacia la institución”. 

Por su parte, Peña Barrios se refirió al informe sobre la IX Legislatura: “Este periodo se caracterizó por la aprobación de normas restrictivas de los DDHH, como los decretos-leyes N°370 y N°35, y el nuevo Código Penal”, este código aumentó el número de delitos sancionados con la pena de muerte en comparación con el Código Penal de 1989. 

“Hay que resaltar el impacto del #11J, a partir de estas protestas se aprobaron nuevas normativas para fortalecer el aparato de represión del régimen” agregó. Debemos tener en cuenta que la entrada en vigor de la nueva Constitución no amplió las libertades fundamentales de los ciudadanos, es por eso que el 11J las personas salieron a reclamar libertad. 

Puedes descargar el informe completo aquí.

Informe sobre la IX Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el Parlamento cubano (2018-2023)

Durante su IX Legislatura, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) y su Consejo de Estado aprobaron 36 leyes y 83 decretos-leyes respectivamente, la mayor proporción de disposiciones normativas de este tipo aprobada desde 1976. Este conteo abarca el periodo que media entre abril de 2019 y diciembre de 2022. No obstante, en este periodo la ANPP y el Consejo de Estado continuaron operando con su habitual opacidad legislativa y administrativa. Además, el funcionamiento de ambos órganos tuvo cambios debido a la incidencia en Cuba de la pandemia de Covid-19. En este sentido, una de las principales modificaciones fue ajustar el cronograma legislativo aprobado en 2019. Al mismo tiempo, la ANPP y el Consejo de Estado mantuvieron una importante actividad diplomática entre 2018 y 2023. 

Los 83 decretos-leyes aprobados por el Consejo de Estado durante la IX Legislatura sólo se publicaron en la Gaceta Oficial de la República de Cuba luego de su ratificación por la ANPP. Dos de estos decretos-leyes son muy lesivos para la libertad de expresión. Se trata del Decreto-Ley No. 370, que entró en vigor en julio del 2019, y el Decreto-Ley No. 35, que se hizo público el 21 de agosto del 2021. Estas dos disposiciones normativas sancionan el ejercicio de la libertad de expresión en las redes sociales. Por ello, fueron muy criticados por activistas, la prensa independiente y varios organismos internacionales de derechos humanos. 

Otro acontecimiento importante de esta legislatura fue la entrada en vigor de una nueva Constitución, la cual se aprobó en referendo popular en febrero de 2019 por el voto favorable del 78.3 % de los electores, según datos oficiales. Sin embargo, la opacidad del sistema electoral cubano impide verificar estos resultados. A pesar de esta reforma constitucional y debido al recrudecimiento de la situación social y económica, el 11 de julio de 2021 se produjeron las manifestaciones contra el gobierno más importantes desde 1959.

La respuesta del Presidente de la República de Cuba, Miguel Mario Díaz-Canel Bermúdez, fue emitir una “orden de combate para los revolucionarios”. Esto supuso una ola represiva que generó más de 1000 presos políticos. También implicó un éxodo masivo que entre el segundo semestre de 2021 y el 2022 sobrepasó los 300 000 cubanos llegados a Estados Unidos. 

En septiembre de 2022, se ratificó en un referendo el Código de las Familias. No obstante, otras leyes lesivas o que no protegen de forma adecuada los derechos constitucionales no se consultaron con la ciudadanía. Entre ellas destacan el Código Penal, la Ley del Proceso de Amparo de los Derechos Constitucionales y la Ley de Expropiación por Razones de Utilidad Pública o Interés Social. Para la X Legislatura de la ANPP y su Consejo de Estado (2023-2028) quedan pendientes leyes indispensables para las libertades ciudadanas, como las que regularán los derechos de asociación, manifestación, a la vivienda digna, a la salud pública, así como la comunicación social. En este último caso, se trata de una ley que no reconoce a los medios de prensa independientes. 

Por otra parte, y en lo que respecta al funcionamiento institucional de la ANPP, cabe apuntar que rindieron cuentas el Consejo de Estado y la Contraloría General de la República en diciembre de 2022. Estos informes fueron muy generales y opacos en cuanto a la información sobre el trabajo que realizaron ambos órganos entre 2018 y 2023. En materia de diplomacia parlamentaria, Esteban Lazo Hernández, presidente de la ANPP, reconoció en junio de 2018 la existencia de 93 grupos de amistad de parlamentarios en igual número de países e integrados por 174 parlamentarios. Pero la información oficial sobre el funcionamiento de estos grupos es opaca y fragmentada. Tampoco se conocen los gastos en que incurrieron dichas comisiones y los grupos parlamentarios de amistad.

Reporte del Observatorio Legislativo de Cuba: mayo – junio 2023

El presente informe recoge las actividades y el funcionamiento de la ANPP durante los meses de mayo y junio de 2023 tanto en el plano legislativo como institucional. Uno de los principales acontecimientos de este periodo fue la celebración de las elecciones de los gobernadores y vicegobernadores provinciales. Además, también destaca la creación de las comisiones permanentes de la ANPP y de los grupos parlamentarios de amistad.

En la primera parte del informe expondremos un registro de las actividades y el funcionamiento de la ANPP, incluyendo visitas, intercambios internacionales, reuniones sectoriales o de comisiones. En la segunda parte del informe nos centraremos en la agenda legislativa, marcada en este período por la aprobación de la Ley de Comunicación Social, así como la adopción del cronograma legislativo de la X Legislatura de la ANPP.